¿Es festivo el 2 de abril de 2026?

El jueves, 2 de abril de 2026 se celebra Jueves Santo. Es festivo en Andalucía, Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Extremadura, Galicia, Madrid, Murcia, Navarra, País Vasco, La Rioja, Ceuta y Melilla; en el resto de España es un día laborable.

El Jueves Santo es festivo en la mayoría de comunidades, pero no en todas: Cataluña y la Comunitat Valenciana suelen sustituirlo por el Lunes de Pascua.

Festivo en 17 comunidades Jueves 2 de abril de 2026 · se trabaja en 2 territorios

Dónde es festivo el 2 de abril

Comunidad o ciudad2 de abril
Andalucía Festivo
Aragón Festivo
Principado de Asturias Festivo
Illes Balears Festivo
Canarias Festivo
Cantabria Festivo
Castilla-La Mancha Festivo
Castilla y León Festivo
Cataluña Laborable
Extremadura Festivo
Galicia Festivo
Comunidad de Madrid Festivo
Región de Murcia Festivo
Comunidad Foral de Navarra Festivo
País Vasco Festivo
La Rioja Festivo
Comunitat Valenciana Laborable
Ciudad Autónoma de Ceuta Festivo
Ciudad Autónoma de Melilla Festivo

Fuente: BOE-A-2025-21667 (BOE de 28 de octubre de 2025). No incluye las fiestas locales de cada municipio.

¿Deja puente?

Este año no forma un puente corto (de uno o dos días de vacaciones) con los fines de semana.

Cómo afecta a los plazos

Un festivo es día inhábil para los plazos administrativos (artículo 30.2 de la Ley 39/2015) y para los judiciales (artículo 182 de la Ley Orgánica del Poder Judicial) en el territorio donde se celebra. Si un plazo vence ese día, se prorroga al primer día hábil siguiente. Cuando el día es festivo en tu municipio o comunidad pero no donde está el organismo, o al revés, la Ley 39/2015 lo considera inhábil en todo caso.

Calcula tu vencimiento exacto con la calculadora de plazos.

Preguntas frecuentes

¿Qué se celebra el 2 de abril de 2026?

Jueves Santo. Cae en jueves.

¿Se trabaja el 2 de abril en Cataluña?

Sí. En Cataluña el 2 de abril de 2026 es laborable, salvo que coincida con una de las dos fiestas locales de tu municipio.

¿El 2 de abril cuenta como día hábil para un plazo administrativo?

Depende del territorio. Es inhábil donde es festivo. Y si es festivo en tu municipio o comunidad pero no donde tiene su sede el organismo (o al revés), la Ley 39/2015 lo considera inhábil en todo caso (art. 30.6).

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