En esta guía
La respuesta corta es 14: doce de ámbito nacional o autonómico y dos locales. Pero detrás hay un reparto de papeles entre el Estado, las comunidades autónomas y los ayuntamientos que explica por qué tu calendario no es igual que el de otra provincia.
El máximo de 14 lo fija el Estatuto
El artículo 37.2 del Estatuto de los Trabajadores establece que las fiestas laborales, retribuidas y no recuperables, no pueden pasar de catorce al año, de las cuales dos serán locales. En todo caso se respetan como fiestas nacionales la Natividad del Señor, el Año Nuevo, el 1 de mayo y el 12 de octubre.
Las fiestas nacionales: unas fijas y otras sustituibles
El Real Decreto 2001/1983 distingue, según explica la propia resolución anual del BOE, entre:
- Fiestas nacionales no sustituibles. Las comunidades no pueden cambiarlas. En 2026 aparecen así Año Nuevo, Viernes Santo, Fiesta del Trabajo, Asunción de la Virgen, Fiesta Nacional de España, Inmaculada Concepción y Natividad del Señor.
- Fiestas nacionales sustituibles. Cada comunidad puede celebrarlas o cambiarlas por otras propias: es el caso del Jueves Santo, la Epifanía, o la elección entre San José y Santiago Apóstol.
A esto se suma la posibilidad de sustituir el lunes siguiente a una fiesta que cae en domingo, que explicamos en qué pasa si un festivo cae en domingo.
Las fiestas autonómicas
Con ese margen, cada comunidad incluye sus fiestas tradicionales: el Día de Andalucía, la Diada de Cataluña, el Día de la Comunitat Valenciana, el Lunes de Pascua, San Juan… El resultado se publica primero en el boletín de cada comunidad y después, todos juntos, en una resolución del BOE.
En 2026 todas las comunidades suman 12 fiestas entre nacionales y autonómicas, con una particularidad: Canarias tiene 11 comunes y una fiesta más en cada isla.
Las dos fiestas locales
Cada municipio añade hasta dos fiestas locales propias de su tradición (el patrón o patrona, una romería…). Se aprueban a propuesta del ayuntamiento y se publican en el boletín oficial de la comunidad autónoma o de la provincia. Por eso dos pueblos vecinos pueden tener calendarios distintos.
¿Y si mi convenio me da más días?
Algunos convenios añaden días de libre disposición, o declaran no laborables fechas como el 24 o el 31 de diciembre. No son fiestas laborales oficiales, sino mejoras pactadas: se suman a tus derechos, pero no cambian el calendario oficial ni cuentan como festivos para los plazos administrativos.
Dónde verlo
En el calendario laboral 2026 tienes la tabla completa de qué se celebra en cada comunidad, y en cada página autonómica, sus 12 fiestas en un calendario anual.
Normas citadas
- Estatuto de los Trabajadores, art. 37.2 (BOE)
- Resolución de fiestas laborales para 2026 (BOE-A-2025-21667)
- Real Decreto 2001/1983, sobre regulación de la jornada de trabajo (BOE)
Preguntas frecuentes
¿Los festivos se pagan?
Sí. Las fiestas laborales son retribuidas y no recuperables: cobras el día sin trabajarlo y no tienes que devolver esas horas.
¿Puede haber más de 14 festivos?
Solo en un caso: si una comunidad no puede fijar una fiesta tradicional porque no caen suficientes fiestas nacionales en domingo, puede añadir ese año una más, pero con carácter recuperable.
¿Todas las comunidades tienen los mismos festivos?
No. En 2026 solo 8 fechas son festivas en todas las comunidades y ciudades autónomas; el resto varía. Por eso conviene mirar el calendario de tu comunidad.